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Todo en Derecho Tributario
 
 
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LEGISLACIÓN
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Legislación Venezolana

Legislación Nacional

Constitución, leyes,
decretos-leyes
 
  • Constitución de la República. Texto completo Clic aquí
  • Ley de abogados - Publicada en la G. O. No. 1.081 Extraordinario del 23-01-67,  rige la profesión de abogado y su ejercicio. Acceda al texto completo Clic aquí
  • Código Orgánico Tributario - El C.O.T. es la ley fundamental de la materia. Contiene la normativa general. Sus antecedentes se remontan a 1959, II Jornadas de Derecho Tributario realizada en México. Pero es en 1968, cuando los destacados profesores De Souza, Fonrouge y Valdés Costa, bajo el encargo de la O.E.A. y el B.I.D., elaboran el Modelo de Código Tributario para América Latina, el cual sirvió de base para el proyecto presentado al congreso de Venezuela en 1977 por la comisión que se había nombrado a estos efectos un año antes. Finalmente en 1982 es promulgado. Su última reforma se produjo mediante Decreto-Ley en 1994 (GO No. 4727). Acceda al texto completo. Clic aquí
  • LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA - Dentro del marco de la Ley Orgánica que autorizo, en 1999,  al Presidente de la República para dictar medidas extraordinarias en materias económica y financiera se produjo el Decreto-Ley de Reforma Parcial de la Ley de Impuesto sobre la Renta. Destacan en esta reforma, entre otros, los aspectos relacionados con la Renta Mundial, con el Abuso de las Formas, con el "Treaty Shopping" (o uso abusivo de los tratados), con los Dividendos. Asimismo, se establece la posibilidad de exonerar total o parcialmente el pago del impuesto, dentro de las medidas de política fiscal. También se introducen cambios en materia de desgravámenes en personas naturalesClic aquí
  • IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - Para algunos, impuestos indirectos son aquellos que gravan manifestaciones mediatas (no directas) de capacidad contributiva; aquellos que se fundamentan en signos indiciarios de esta capacidad. Otros han defendido el criterio de la traslabilidad o no del tributo. Conforme a esta tesis, un impuestos es indirecto cuando el sujeto de derecho (el llamado por la ley a recibir el impacto o percusión que se deriva del pago del impuesto) no es el que recibe la incidencia, ya que mediante el fenómeno de la traslación, logra traspasar la carga tributaria hacia otra persona (sujeto de facto o de hecho). En todo caso, lo cierto es que dentro de la categoría de impuestos indirectos destaca el Impuesto al Valor Agregado. Acceda a su texto completo. Clic aquí
  • IMPUESTO AL DEBITO BANCARIO -  Texto completo Clic aquí
  • LEY QUE ESTABLECE EL FACTOR DE CÁLCULO DE CONTRIBUCIONES, GARANTÍAS, SANCIONES, BENEFICIOS PROCESALES O DE OTRA NATURALEZA EN LEYES VIGENTES.  Esta ley fue publicada en la G. O. No. 36.362 del 26 de diciembre de 1997, entrando en vigencia el 1 de enero de 1998. Ya el Código Orgánico Tributario había establecido en su artículo 229, que "se convierten en unidades tributarias o fracciones de las mismas, los montos establecidos en las diferentes leyes y reglamentos tributarios". Clic aquí
  • LEY DE IMPUESTO A LOS ACTIVOS EMPRESARIALES - G.O. Ext. 4.654 de 1-12-93. Mediante esta ley se crea un impuesto complementario al Impuesto Sobre la Renta que grava los activos tangibles e intangibles, situados en el país o reputados como tales, propiedad de toda persona jurídica o natural comerciante, sujeta al impuesto sobre la renta. Clic aquí
  • LEY ORGANICA DE LA RENTA DE SALINAS - G.O. 25.425 de 7-8-57. Este ramo rentístico ha sido  trasferido al dominio de los Estados, mediante la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público (Artículo 11, ordinal 2do.) Clic aquí  
  • CATALOGO DE LEYES TRIBUTARIAS DICTADAS O REFORMADAS DENTRO DEL MARCO DE LA LEY HABILITANTE DE 1999 - En la Gaceta Oficial No. 36.687 del 26 de abril de 1999 fue publicada la Ley Orgánica que autoriza al Presidente de la República para que, en Consejo de Ministros, Dicte Medidas Extraordinarias en Materia Económica y Financiera. Concluido el lapso de seis meses, conozca cuales son los Decretos-Leyes de naturaleza tributaria dictados por el Ejecutivo. Clic aquí
  • RÉGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL ESTABLECIDO EN LA LEY ORGÁNICA DE TELECOMUNICACIONES - El 12 de junio del 2000 fue publicada en la Gaceta Oficial No. 36.970 la Ley Orgánica de Telecomunicaciones. La ley, que deroga parcialmente a la Ley de Timbre Fiscal, prevé un Régimen Tributario Especial al cual estarán sometidos quienes se dediquen al ramo de telecomunicaciones. A continuación se presenta el articulado que integra el mencionado régimen. Al final, véase los extractos pertinentes de la Exposición de Motivos de la ley. Clic aquí
  • LEY DE REFORMA PARCIAL DEL DECRETO CON FUERZA Y RANGO DE LEY QUE ESTABLECE EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - Publicada en la Gaceta Oficial No. 37.002 del 28 de julio de 2000, incorpora al artículo 17 dos numerales, en los que se consagran ciertas exenciones. Asimismo se disminuye la alícuota del impuesto del quince y medio por ciento (15,5%) al catorce y medio por ciento (14,5%). Clic aquí
Tratados Internacionales  
      El pasado 8 de febrero de 2000, Venezuela suscribió el último de sus Convenios para evitar la doble tributación. Este proyecto de convenio fue firmado con Canadá. 
      Hasta la fecha Venezuela tiene suscritos 14 Convenios con países de la comunidad internacional, cuyo principal propósito es evitar la doble tributación.
      El más antiguo de estos convenios, que data del año 1973, es el suscrito mediante la Decisión 40 y su Anexo No. 1, ubicado dentro del contexto del Acuerdo de Cartagena. A diferencia de los demás tratados en la materia, éste es un convenio multilateral (Colombia, Chile, Perú, Bolivia, Ecuador y Venezuela). 
  • DECISIÓN 40 (ACUERDO DE CARTAGENA) - Convenio para evitar la doble tributación entre los países miembros. Gaceta Oficial No. 1.620 del 1-11-73. Texto completo Clic aquí 
  • CONVENIO ENTRE VENEZUELA Y LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA - El objeto de este acuerdo es evitar la doble tributación y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Texto completo Clic aquí
  • CONVENIO ENTRE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA Y LA REPÚBLICA CHECA. Objeto: Evitar la doble tributación y prevenir la evasión fiscal en materia de impuesto sobre la renta e impuesto al patrimonio. Publicado en la Gaceta Oficial Ext. No. 5.180 del 04-11-97, entro en vigencia el día 12 del mismo mes y año.Clic aquí 
  • CONVENIO VENEZUELA-ITALIA. Objeto: Evitar la doble tributación en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. G.O. Ext. No. 4.580 de 21-5-93. Entrada en vigor: 14.9-93 Clic aquí
  • CONVENIO VENEZUELA-SUIZA. G.O. Ext. No. 5.192 de 18-12-97 Clic aquí
  • CONVENIO VENEZUELA - REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE. Objeto: Evitar la doble tributación y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuesto Sobre la Renta y sobre las ganancias de capital. G.O. Ext. No. 36.148 de fecha 18-02-97. Suscrito el 11-03-96 Clic aquí
  • CONVENIO VENEZUELA-NORUEGA. Objeto: Evitar la doble tributación y prevenir la evasión y el fraude fiscal en materia de Impuesto Sobre la Renta y al Patrimonio. G.O. Ext. No. 5.265 de fecha 01-10-98.Clic aquí  
  • CONVENIO VENEZUELA-TRINIDAD Y TOBAGO. Objeto: Evitar la doble tributación y prevenir la evasión y la elusión fiscal en materia de impuesto sobre la renta y de fomentar el comercio y la inversión internacionales. G.O. 5.180 Ext de fecha 04-11-97 Clic aquí
  • CONVENIO VENEZUELA-REINO DE LOS PAÍSES BAJOS. Objeto: Evitar la doble tributación y la evasión fiscal del impuesto sobre la renta. G.O. 5.180 Ext de fecha 04-11-97 Clic aquí

Tratados sobre el Transporte Internacional

 

Una segunda categoría de tratados internacionales (en materia tributaria) es la integrada por aquellos acuerdos que tienen por objeto fundamental evitar la doble tributación sobre beneficios derivados de operaciones de trasporte internacional:

  • CONVENIO VENEZUELA-CHILE. Objeto: Evitar la doble tributación sobre los beneficios, ingresos, rentas o utilidades derivados del transporte internacional marítimo y aéreo. G.O. Ext. N° 4.580 de 21 de mayo de 1993.Clic aquí

  • CONVENIO VENEZUELA-CANADÁ. Objeto: Evitar la doble tribulación respecto al transporte marítimo y aéreo. G. O. 4.580, Ext. de 21 de mayo de 1993. Clic aquí

  • CONVENIO VENEZUELA-BÉLGICA. Objeto: Evitar la doble tribulación respecto al transporte marítimo. G. O. 4.580, Ext. de 21 de mayo de 1993. Clic aquí

Reglamentos y Resoluciones  
  • Disposiciones relativas a la modalidad de pago de las declaraciones definitivas y estimadas del Impuesto Sobre la Renta - Resolución del Ministerio de Hacienda, publicada en la Gaceta Oficial No. 36.725 del 17 de Junio de 1999. Clic aquí

  • REGLAMENTO GENERAL DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) - Decreto No. 206. G. O. 5.363 Ext. del 12 de julio de 1999. Clic aquí

  • VALOR UNIDAD TRIBUTARIA:  RESOLUCIÓN  MEDIANTE LA CUAL SE REAJUSTA EL VALOR DE LA UNIDAD TRIBUTARIA DE NUEVE MIL SEISCIENTOS BOLÍVARES (BS. 9.600) A ONCE MIL SEISCIENTOS BOLÍVARES (BS. 11.600) - Resolución  417. G. O. No. 36.957 del 24 de mayo de 2000.Clic aquí

  • DECRETO MEDIANTE EL CUAL SE EXONERAN DEL PAGO DEL I.S.L.R. LOS ENRIQUECIMIENTOS NETOS QUE EN ÉL SE ESPECIFICAN - Decreto No. 838. G. O. No. 36.995 del 18 de julio de 2000. Clic aquí

   

                           Legislación Estadal

Carabobo     

 

Zulia     

 

   

                           Legislación Municipal

Chacao  
  • ORDENANZA ESPECIAL DE RECUPERACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES MOROSOS - Gaceta Municipal de Chacao, Ext. 2.269, Ordenanza No. 003-98 del 17 de noviembre de 1998. La Ordenanza regula la recuperación masiva de la cartera de Créditos Fiscales a favor de este Municipio, que se encuentra en estado de morosidad. Clic aquí
     

Legislación Extranjera

Argentina  
  • Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.  Clic aquí
España  
  • LEY DE DERECHOS Y GARANTÍAS DE LOS CONTRIBUYENTES  Clic aquí
  • EXPOSICIÓN DE MOTIVOS LEY DE DERECHOS Y GARANTÍAS DE LOS CONTRIBUYENTES Clic aquí
 Italia    
     
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